
A RESPETAR LA CONSTITUCIÓN
La Cámara Nacional Electoral volvió a insistir en la actualización de la composición de los integrantes de la Cámara de Diputados de acuerdo a los datos del Censo 2010.
El celo de los camaristas Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera, se pone de manifiesto por segunda vez en menos de dos años, invocando el incumplimiento del Artículo 45 de la Constitución Nacional.
Artículo 45- La Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos
directamente por el pueblo de las provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, y de
la Capital en caso de traslado, que se consideran a este fin como distritos
electorales de un solo Estado y a simple pluralidad de sufragios. El número de
representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que
no baje de diecis...