TRANSPARENCIA Y DERROCHE

El Intendente de una localidad es el referente político ejecutivo más cercano a su comunidad. Dicho ésto, es lógico que el mismo deba rendir cuentas de los gastos que realiza con los recursos municipales, enalteciendo la transparencia y abdicando del derroche. Los fondos que en gran medida provienen del aporte de los vecinos -contribuyentes- a través de impuestos, tasas y servicios, y que son abonados para solventar las funciones y tareas especificas de la comuna, deben ser utilizados criteriosamente.

TRANSPARENCIA PRECARIA

El ejercicio de la transparencia es una actividad a la que la mayoría de los Intendentes le tienen aversión. El rechazo a la obligación de rendir cuentas, también es sustentado por la miopía cómplice de quién debiera controlarlo. Los Concejos Deliberantes, pueden llegar a ser un obstáculo insalvable al momento de exigir un nivel de translucidez, que exhiba muchos de los detalles que se omiten -adrede- en los documentos publicados a través del Boletín Oficial Municipal.

Es una constante invariable, encontrar publicados apenas “resúmenes” de los documentos públicos refrendados por las autoridades del ejecutivo comunal. Además de encontrarse con el extracto de una Resolución administrativa, el ciudadano descubre entre muchas de ellas, actos que representan designaciones, contratos, gastos y convenios cuyos escasos datos expuestos no permiten evaluar su legalidad, justificación o necesidad.

La acción de ocultar burdamente los elementos principales de un documento público, hacen que ésta práctica, además de precarizar la transparencia, expongan el acto a vicios y nulidades.

EL SABER NO OCUPA LUGAR

Un documento público -íntegro, no resumido- debe estar a disposición de cualquier ciudadano. Sin interponer, ante la voluntad de saber, ningún condicionamiento burocrático. Deberían saber los intendentes, concejales y funcionarios municipales, que el ciudadano es su mandante; consecuentemente, tiene pleno derecho de inquerir, preguntar, solicitar el acceso irrestricto a todo documento público que involucre la administración y disposición de los bienes y recursos del municipio.

RESPETANDO EL MANDATO

Eduardo Tassano, Intendente de la ciudad de Corrientes, desde el inicio de su gestión ha incurrido -como sus antecesores- en el “disimulo” inadmisible de publicar parcial y desordenadamente el contenido de los documentos públicos fruto de cada uno de sus actos de administración. Con retraso, discontinuidad y de manera resumida, el Boletín Oficial Municipal se torna “accesible” a destiempo e incompleto.

El sano interés cívico de informarse, en referencia a qué hace, cómo, con qué y cuándo el responsable del ejecutivo municipal, no debe ser interpretado como una intromisión bajo la liviana excusa “el pueblo no gobierna sino a través de sus representantes”.

Debe y tiene el derecho a saber el ciudadano, la forma, el fundamento y la consecuencia de cada acto de gobierno. Para así, poder evaluar con justa razón, si el Intendente cumple su mandato, o se aprovecha del cargo para ejercitar acciones incompatibles con las funciones que le fueron encomendadas.

CASOS TESTIGOS

Las contrataciones directas, reconocimientos de gastos, gastos en publicidad, etcétera, son moneda “corriente” en las Resoluciones abreviadas que el Ejecutivo Municipal expone en el Boletín Oficial. La información brindada, escueta e incompleta, ni siquiera permite considerar la existencia del bien o servicio adquirido o la existencia probada del o los beneficiarios contratados o proveedores. No se detallan los bienes -marca, modelo, etc.-, su precio, su efectiva recepción; tampoco se hace mención al ineludible paso de ingresar el objeto como “bien municipal” mediante la participación en el acto administrativo del área de bienes patrimoniales. No se identifica de manera fehaciente la “condición” e “identidad” del beneficiario; obviando la publicación íntegra del nombre de la empresa o proveedor, su CUIT, la dirección comercial y el número o fecha de registro como proveedor del Estado.

La ausencia de datos esenciales, que quizá figuren en el “instrumento público”, impacta directamente sobre el derecho de los ciudadanos de ser informados de manera clara, concreta, contundente sobre el manejo de la “cosa pública”. A su vez, el funcionario, incumple una obligación de raigambre constitucional.

Para sustentar las afirmaciones precedentes, es suficiente observar las imágenes adjuntadas, considerando como fáctico e innegable que las mismas son “capturas” de ejemplares del Boletín Oficial Municipal publicado en el sitio web de la Municipalidad de la ciudad de Corrientes.

     Boletín Oficial Municipal N° 3023 – 15 de junio de 2018

                                     Boletín Oficial Municipal N° 3024 – 18 de junio de 2018

Boletín Oficial Municipal N° 3025 – 19 de junio de 2018

 Boletín Oficial Municipal N° 3033 – 3 de julio de 2018

LA PRIORIDAD DEL DERROCHE

A casi ocho meses de haber asumido, todavía continúan las designaciones y contrataciones disimuladas bajo la legalidad de Resoluciones cuyo contenido es guardado bajo siete llaves. En plena crisis y sometidos al relato hipócrita de que “hay que achicar el Estado y cuidar el gasto”, Tassano-Lanari -sometidos al manejo del Cuqui Calvano- persisten en la concreción de nombramientos y contrataciones; gastos superfluos o hasta inexistentes; el gasto en publicidad vía medios, periodistas o empresarios, cuyo destinatario o audiencia -el ciudadano contribuyente- exige acciones de otra índole que tengan relación concreta con las funciones de un municipio.

No hay razón esgrimible que justifique el “derroche” quizá legal, pero no legítimo ni prioritario, en detrimento de mejores servicios y acciones. Sobre todo, si por lo visto, los funcionarios gastan con alarmante liviandad los recursos que el ciudadano aporta ineludiblemente.

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