UTA-TASSANO: ASOCIADOS COLECTIVOS

Escudado en dos artículos y tres incisos de la Carta Orgánica Municipal, Tassano -el Intendente- acordó un “convenio” de prestación de servicios para transportar “pasajeros especiales” con la Mutual de la UTA.

No es el primer “convenio” fundado en algún articulado de C.O. Municipal; tampoco es el primer “convenio” que “dibuja” considerandos absolutamente frágiles en su fundamento; y por último, es un “convenio” más que producirá erogaciones destinadas a solventar gastos para cubrir actividades que no son inherentes a la actividad del municipio.

La Mutual 19 de Abril de la UTA, de acuerdo a lo que consta en el convenio suscripto, pasará a ser “transportador exclusivo” de pasajeros especiales. La adjetivación de los “transportados” corre por cuenta de quién redactó la Resolución. Pero lo cierto es que los pasajeros a transportar serán aquellos que, a solicitud de entidad intermedia -con o sin personería jurídica- lo soliciten al municipio.

 

UTA TRANSPORTISTA

No es un  servicio común, es una operatoria forjada sin el marco jurídico apropiado y, con el riesgo potencial de que la Municipalidad se vea involucrada en demandas judiciales por abierta violación a varias normas.

La primera cuestión es que, la Mutual no es una empresa de transporte de pasajeros; consecuentemente, no está habilitada para brindar ese servicio; es un servicio, porque se lo describe como tal y se recibe un pago a cambio del mismo.

LA COBERTURA, UN FORMALISMO

Si los funcionarios municipales creen que por dejar constancia en un artículo del convenio que la “prestataria” será responsable directa -eximiendo al municipio- de todo reclamo vía judicial o administrativo, deja claro que no han pensado en la “obligatoriedad” de un seguro para pasajeros transportados. Es decir, prefieren hacer valer el “artículo” cómo garantía de que la municipalidad no será responsable consecuente de los daños que provoque el “transportador” o sufra el “transportado”. Una metáfora.

PRECIO Y CONTROL

Lo que la UTA va a percibir por cada servicio está bien claro. Pero cómo será auditado el servicio prestado, muestra el “poder de síntesis” de los funcionarios que en el articulado apenas si mencionan el área responsable de “organizar y certificar” los viajes.

En el punto “tercero” del convenio, el cuál está destinado a la cuestión PRECIO, hay seis incisos que describen amplia y claramente cuanto y porqué el Municipio deberá pagarle a la Mutual de UTA. Dependiendo del servicio, urbano o interurbano; los kilómetros recorridos; y hasta el “tiempo” que demande el viaje. Un monto fluctuante, que dependerá de un “valor de referencia”; y ésto porque el precio del servicio será cotizado “al equivalente” de entre 400 y 500 “boletos planos”, y no en pesos, moneda de curso legal y uso corriente.

La Subsecretaría de Transporte, será la encargada de “reglamentar” el servicio; auditarlo; y certificarlo. Para que incomodar a más de un área, si con un sólo funcionario que reglamente a medida, haga la vista gorda y certifique por 100 en vez de 10 -a cualquiera se le escapa un cero- ya es suficiente.

PENSANDO EN EL VECINO

Ahora que ésta noble iniciativa del Intendente toma estado público, seguramente doña Chona le avisará a doña Marta, quién a su vez se encargará de avisarle a las “chicas” de la cuadra, para fijar día hora del próximo viaje. No se puede perder la oportunidad de hacer una excursión, sobre todo si el transporte lo paga Tassano…

 

RESOLUCIÓN Nro. 1115

 

 

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