El hecho ocurrió el domingo 3 de éste mes, en horas de la madrugada, cuando el conductor de un automóvil Peugeot 207, evadió un control de Tránsito y Seguridad instalado en la avenida Costanera, dándose a la fuga por calle 25 de Mayo. Efectivos de la Policía que realizaban el operativo en conjunto con personal de Tránsito Municipal, procedieron a la persecución del vehículo; minutos después es alcanzado luego de colisionar contra un vehículo estacionado por calle 25 de Mayo, entre La Rioja y San Juan. Durante el hecho, se desplegó un amplio operativo policial, dadas las características del incidente, cuya crónica e imágenes fueron fielmente reflejadas en publicaciones periodísticas.
EL OPERATIVO
Personal de Tránsito Municipal procedió a realizar el examen de alcoholemia y requerir la documentación pertinente del conductor y del vehículo en cuestión. De acuerdo a la información recogida, el Test de Alcoholemia que se le practicó, arrojó que tenía 2.54 mg/l de alcohol en sangre. No portaba la documentación obligatoria: seguro, cédula del automotor y registro de conductor.
A consecuencia de que el municipio no contaba con “camión grúa”, el vehículo fue precintado y permaneció estacionado en el lugar del hecho hasta el día lunes 4 de junio.
EL FALLO
La Juez de Faltas interviniente, justificó el sobreseimiento por aplicación del artículo 155 del Código Procesal penal de Corrientes. El citado artículo refiere: “Art. 155. Disconformidad entre original y copia. En caso de disconformidad entre el original y copia, hará fe respecto de cada interesado la copia por él recibida.“.
Sin embargo, ante el cúmulo de pruebas documentales, testigos y funcionarios intervinientes, es incomprensible la determinación adoptada por la autoridad juzgadora, teniendo en cuenta la gravedad de las faltas cometidas.