Logró que la Justicia le reconozca su derecho a ser inscrito en el Padrón. Sin embargo, deberá esperar que se modifique una Ley vigente para que el recurso admitido se haga efectivo
Tato Romero Feris logró que la Justicia hiciera lugar a su solicitud para ser incorporado al Padrón. La causa “ROMERO FERIS RAUL RORLANDO s/FORMULA PETICIÓN” EXPTE. CNE 002034/2020”, en la que solicita:
“…se decrete la inconstitucionalidad de los arts. 12 y 19 inc. 2° del Código Penal y 3° incs. ‘e’, ‘f’ y ‘g’ del Código Electoral Nacional (en adelante CEN; asimismo solicita que, mediante el trámite previsto en el art.5 del CEN, se proceda a inscribirlo en el padrón electoral nacional a fin de que pueda ejercer sus derechos electorales (y políticos) activos, en particular el derecho a votar…”
TATO ROMERO FERIS: EL FALLO
FALLO: I) Hacer lugar a la demanda promovida por el Sr. Raúl Rolando Romero Feris y en consecuencia declarar la inconstitucionalidad de los arts. 12 y 19 inc. 2° del Código Penal y 3° inc. ‘e’, ‘f’ y ‘g’ del Código Electoral Nacional, habilitando su derecho a votar, el cual se efectivizará una vez que el Poder Legislativo de la Nación dicte un nuevo
marco legislativo que reglamente los derechos políticos de las personas alcanzadas por las normas cuya inconstitucionalidad se declara en la presente sentencia. 2) Las costas se imponen en el orden causado. 3) INSERTESE. REGISTRESE. NOTIFIQUESE.